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El Consorcio de Compensación de Seguros y la Responsabilidadcivil de la Circulación.

Autor:José Luis Gayo Lafuente;
Categoría:Otras publicaciones
ISBN: 9788481519013
Editorial Comares nos ofrece El Consorcio de Compensación de Seguros y la Responsabilidadcivil de la Circulación. en español, disponible en nuestra tienda desde el 01 de Septiembre del 1999. Este libro cuenta con un total de 656 páginas , unas dimensiones de 22x16 cm (2ª ed., 1ª imp.).
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Argumento de El Consorcio de Compensación de Seguros y la Responsabilidadcivil de la Circulación.

Prólogo de don Fernando Wilhelmi Pérez

Presentación

Capítulo I

EL CONSORCIO DE COMPENSACIóN DE SEGUROS

I. El Consorcio de Compensación de Seguros: Su naturaleza, régimen jurídico y fines

II. Antecedentes legislativos de las funciones de cobertura del Consorcio de Compensación deSeguros en el seguro obligatorio de vehículos a motor

III. El fundamento de la responsabilidad civil del Consorcio en el seguro de responsabilidad civilderivada de la circulación de los vehículos a motor

IV. La Ley 30/95, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados: fines yprincipios generales por los que se rige. Su impacto en la regulación del seguro obligatorio deresponsabilidad civil en la circulación de vehículos de motor

V. Aspectos generales de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos aMotor

Capítulo II

LAS FUNCIONES DE COBERTURA DEL CONSORCIO

DE COMPENSACIóN DE SEGUROS EN EL áMBITO DEL SEGURO

DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS VEHíCULOS A MOTOR

I. Las funciones de cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros en el ámbito del seguroobligatorio de responsabilidad civil de los vehículos a motor. Regulación actual

a)Indemnizar a quienes hubieren sufrido daños en sus personas por siniestros ocurridos en España, en aquellos casosen que el vehículo causante sea desconocido

1.La exigencia de la probanza de la intervención eficiente del vehículo desconocido

2.Controversia sobre la exclusión de los daños materiales

3.Que el siniestro haya ocurrido en España y que el vehículo causante sea desconocido

b) Indemnizar los daños a las personas y en los bienes ocasionados con un vehículo que tenga suestacionamiento habitual en España cuando dicho vehículo no esté asegurado

1. Obligación de asegurarse. Obligación del asegurado de acreditar la vigencia del seguro a laspersonas implicadas en un accidente de circulación

2. Franquicia

3. La controversia sobre el comienzo de la entrada en vigor de la cobertura de daños materialescausados por veh;iculo sin seguro y hurtados o robados en la legislación derogada. Disposición FinalTercera del Real Decreto Legislativo 1301/1986

4. Supuesto de exclusión

5. Facultad de repetición

6. Interpretación de la expresión vehículo

7. Supuestos especiales de vehículo sin seguro: Impago de prima. Solicitud o propuesta de seguro.Transmisión del vehículo asegurado. Vencimiento anticipado de pólizas

7.1. Impago de prima

7.2. Propuesta o solicitud de seguro

7.3. Transmisión del vehículo asegurado

7.4. Vencimento anticipado de pólizas

c) Indemnizar los daños a las personas y en los bienes producidos por un vehículo con estacionamientohabitual en España que estando asegurado, haya sido robado

1. Indemnizar los daños a las personas y en los bienes. Franquicia. Supuesto de exclusión. Facultad derepetición

1.1. Franquicia

1.2. Supuestos de exclusión

1.3. Facultad de repetición

2. Que hayan sido producidos por un y que esté asegurado

3. Alcance de la expresión haya

3.1. ¿Procede una interpretación literal del precepto, comprendiendo sólo al supuesto de robo odebe extenderse a los casos de hurto o de conducción sin autorización del propietario?

4. Regulación actual

5. ¿Se exige como requisito del pago de la indemnización por el Consorcio que el robo haya sidopreviamente declarado en un proceso penal autónomo?

6. ¿La doctrina de la no oponibilidad de las cláusulas limitativas no aceptadas por escrito también seha de aplicar al supuesto de daños al vehículo robado, haciendo responder de ellos a la aseguradora?

d) Indemnizar los daños a las personas en los bienes cuando en supuestos incluidos en el ámbito del seguroobligatorio o en las letras precedentes de este artículo, surgiera controversia entre el Consorcio deCompensación de Seguros y la entidad aseguradora acerda de quién debe indemnizar al perjudicado. Noobstante lo anterior, si ulteriormente se resuelve o acuerda que corresponde indemnizar a la entidadaseguradora, ésta reembolsará al Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad indemnizada más losintereses legales, incrementados en un 25 por 100, de la misma, desde la fecha en que abonó laindemnización (art. 8.d)

e) Indemnizar los daños a las personas y en los bienes cuando la entidad española aseguradora del vehículocon estacionamiento habitual en España hubiera sido declarada en quiebra, suspensión de pagos o, habiendosido disuelta y encontrándose en situación de insolvencia, estuviese sujeta a un procedimiento deliquidación intervenida o ésta hubiere sido asumida por la comisión liquidadora de entidades aseguradoras

1. ¿Cuáles son los límites de cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros, en supuestos desiniestros producidos por vehículos asegurados en compañías en liquidación, por hechos ocurridos conanterioridad al 1 de enero de 1987?

1.1. Planteamiento legal

1.2. La existencia de dos corrientes jurisprudenciales totalmente contradictorias

1.3. Posición del TC

2. Legitimación pasiva de la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras

3. Beneficios de la liquidación

4. Alcance de la responsabilidad del Consorcio en los casos que es llamado en fase de ejecución desentencias al proceso, ante compañías en liquidación

4.1. Imposibilidad en fase ejecutoria de alterar la relación procesal establecida

4.2. Posición favorable

4.3. Límite de la responsabilidad del Consorcio: ¿Se ha de extender a los intereses legales y costasimpuestos a la entidad aseguradora en la sentencia?

5. Fianza prestada por la compañía en liquidación

Capítulo III

LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y EL VEHíCULO A MOTOR

I. La responsabilidad por daños en las personas y en los bienes: diferencias

II Requisitos

1. Concepto de culpa o negligencia

2. Principio de causalidad adecuada

3. Culpa exclusiva de la víctima

3.1. En el supuesto de que la víctima sea un peatón que irrumpe en la calzada ¿Existe imprudencia porparte del conductor derivada de no frenar inmediatamente?

3.2. En el caso de que se trate de colisión de vehículo: Prueba

4. Concurso de culpas

4.1. Compensación de culpas en el ámbito civil

4.2. Compensación de culpas en el ámbito penal

4.3. Compensación de culpas en el seguro obligatorio

4.4. Criterio contrario a la compensación de culpas

4.5. Excepción de pluspetición por concurrencia de culpas en vía ejecutiva

5. Fuerza mayor

6. Caso fortuito

7. Fallo mecánico

Capítulo IV

INDEMNIZACIóN

I. Generalidades

1. Compatibilidad de indemnizaciones

2. Cuantificación legal de la indemnización

3. Casación y Apelación del quantum de la indemnización

a) Casación

b) Apelación

4. Principio de congruencia

5. Pérdida del poder adquisitivo del dinero

II. Daños materiales

1. Importe máximo

2. Reparación del daño. Perjuicios indirectos. Daños morales. Lucro cesante. Paralización del vehículo.Alquiler

3. Declaración de siniestro del vehículo

III. Daños personales

1. Baremos indemnizatorios

2. Orden de 5 de marzo de 1991

3. Régimen actual. El sistema de valoración de daños personales

4. Importe máximo

5. Daño moral, daño económico emergente y lucro cesante

6. Críticas doctrinales al Anexo de la LRCSCVM

7. Indemnizaciones por muerte

8. Indemnizaciones por lesiones permanentes

9. Indemnizaciones por incapacidades temporales

10. Otras cuestiones

IV. Indemnización en caso de pluralidad de perjudicados

Capítulo V

LA MORA DEL ASEGURADOR

I. La indemnización de daños y perjuicios por mora del asegurador: estudio del artículo 20 de la Leydel Contrato de Seguro y de la Disposición Adicional de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguroen la Circulación de Vehículos a Motor

1. Antecedentes

1.1. La mora y la cláusula penal en el Código Civil

1.2. Precedentes legales del recargo por mora del asegurador

2. Regulación actual

3. Naturaleza, funciones y fines

4. Elementos subjetivos

4.1. Sujeto pasivo

4.2. Sujeto activo

5. Requisitos

5.1. Obligación de satisfacer la indemnización

5.2. Comunicación del acaecimiento del siniestro

5.3. Exigibilidad de la prestación

5.4. Culpabilidad del deudor

6. Otras cuestiones

6.1. ¿Se exige como requisito que la deuda sea líquida?

6.2. ¿El abono de los intereses moratorios es imponible de oficio, por ministerio de la ley, o deben rogarsey someterse al principio de congruencia, correlato de una solicitud fundada de parte legitimada?

7. Efectos

7.1. ¿Se da prioridad, frente a la regulación legal, a la/las cláusulas contractuales más beneficiosas parael asegurado?

7.2. Determinación legal de la indemnización por mora, en defecto de pacto más beneficioso para elasegurado

7.3. La base inicial del cálculo de los intereses

7.4. Inaplicabilidad del art. 1.108 CC y 921 LEC

7.5. Diferencias entre los intereses del art. 20 del la LCS, 921 de la LEC y 1.108 del CC

8. La consignación

II. Las especialidades de la mora del Consorcio

Capítulo VI

CUESTIONES GENERALES DEL SEGURO DE SUSCRIPCIóN

OBLIGATORIA: áMBITO Y EXCLUSIONES

I. Ámbito material

1. Regulación

2. Personas excluidas de la condición de beneficiarios del seguro

3. Exclusiones en los daños materiales

3.1. Conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas o de drogas tóxicas, estupefacientes osustancias psicotrópicas

3.2. Prueba: Atestado, Test de alcoholemia

3.3. Relación de causalidad

4. Utilización de un vehículo de motor para quitar la vida o lesionar a un tercero (delito doloso)

4.1. Se plantea el problema de si debe de extenderse la obligación de indemnizar por parte del Consorciocuando el daño causado, haya sido consecuencia de una conducta dolosa del conductor del vehículo(utilización de un vehículo de motor para quitar la vida o lesionar a un tercero)

4.2. Esta dualidad de soluciones se manifiesta también en la jurisprudencia

4.3. Cualquiera que sea la postura que se adopte no se puede prescindir de la citación de la Compañíade seguros

4.4. La compensación no es aplicable en delitos dolosos

II. Ámbito territorial

1. Generalidades y antecedentes

2. Carta Verde

3. Convenio Multilateral de garantía

3.1. Ámbito territorial de protección

3.2. Ámbito subjetivo de protección

3.3. Ámbito material de protección

4. Consorcio de Compensación de Seguros

4.1. Ámbito territorial

4.2. Ámbito material

4.3. Ámbito subjetivo de protección

5. Ofesauto

5.1. Funciones

5.2. Ámbito material

6. Supuestos concretos

6.1. Cuando el daño haya sido causado por vehículo desconocido

6.2. Cuando el daño haya sido causado por vehículo sin seguro obligatorio

Capítulo VII

ACCIóN DIRECTA

1. Antecedentes de la acción directa

2. Regulación actual

I. Legitimación activa

1. Perjudicado

2. Entidades de la Seguridad Social. Asistencia sanitaria

II. Legitimación pasiva

1. Solidaridad entre copartícipes del hecho ilícito o entre ellos y el Consorcio o sus aseguradores

1.1. Solidaridad entre el Consorcio y el Estado propietario del vehículo

1.2. Solidaridad entre el responsable penal y el asegurador

1.3. Solidaridad pasiva entre el asegurado autor del daño y el asegurador

1.4. Condena al Consorcio en forma solidario con otro asegurador del mismo vehículo pese a no haberserogación frente a aquel en el proceso penal

1.5. Solidaridad cuando existen diversidad de conductas culposas

2. Responsabilidad civil subsidiaria

Capítulo VIII

PRESCRIPCIóN DE LA ACCIóN DE RESPONSABILIDAD CIVIL

DERIVADA DE LOS DAñOS CAUSADOS POR LOS VEHíCULOS A MOTOR

I. Prescripción de la acción

1. La prescripción de la LRSCVM

2. La prescripción de la responsabilidad civil por culpa extracontractual en general

3. La prescripción en las reclamaciones de daños corporales

4. La prescripción de la acción ex delicto

5. La prescripción de la acción civil subsiguiente al proceso penal

6. La prescripción del crédito derivado de la asistencia sanitaria

II. Interrupción de la prescripción en caso de solidaridad

Capítulo IX

PROCEDIMIENTOS

I. Generalidades

II. Proceso penal

1. Responsabilidad civil procedente de un ilícito penal

2. Carácter opcional de la acción civil en el proceso penal

3. Necesidad de resolución motivada sobre la acción civil

4. Reserva de acciones

5. Renuncia de acciones

6. Legitimación del Consorcio y las Compañías Aseguradoras en el proceso penal

7. Legitimación del Consorcio para la apelación de la sentencia penal

8. Fianza

III. Procesos civiles de responsabilidad por daños causados por los automóviles

1. El proceso verbal civil como proceso declarativo tipo

1.1. Regulación y particularidades

1.2. El debate sobre la exclusividad del juicio verbal civil

2. Consignación en los juicios verbales para el acceso a la apelación

3. El juicio ejecutivo del automóvil

3.1. Regulación

3.2. Naturaleza

3.3. Referencia especial al motivo de oposición a la ejecución por la culpa o negligencia del perjudicadocomo causa única del daño corporal

3.4. El ámbito del juicio ejecutivo

4. Relación entre la acción declarativa procedente del seguro voluntario y la ejecutiva derivada del seguroobligatorio. Compatibilidad y diferencias entre ambas. Prioridad temporal de la ejecutiva

5. Requerimiento previo al Consorcio

5.1. Regulación

5.2. Constitucionalidad del requerimiento previo

5.3. ¿Debe de exigirse a ultranza este requisito procesal o puede quedar subsanado por el propiorequerimiento judicial realizado en el procedimiento?

6. Apelación

7. Notificaciones al Consorcio

8. Facultad de repetición

8.1. Supuestos

8.2. Gastos médicos-asistenciales

8.3. Prescripción

8.4. Título ejecutivo

9. El artículo 44 del Reglamento del Consorcio. Procedimiento

10. Fuero territorial

10.1. Regulación

10.2. Procedimientos entablados antes de la Ley 10/1992

10.3. Constitucionalidad del artículo 71 LEC

10.4. Aplicabilidad del artículo 71 al Consorcio de Compensación de Seguros

11. Tasación de costas

11.1. Honorarios de letrados y derechos de procurador

11.2. Gastos de tasación pericial

ANEXOS LEGISLATIVOS

Normativa española interna

I. Decreto 632/1968, de 21 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley 122/62, de 24de diciembre, sobre uso y circulación de vehículos a motor

II. Real decreto 2641/86, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento del seguro deresponsabilidad civil derivada del uso y circulación de vehículos de motor, de suscripciónobligatoria

III. Orden de 16 de marzo de 1987, por la que se aprueba el baremo de indemnización de los dañoscorporales a cargo del seguro de responsabilidad civil derivada del uso y circulación de vehículosde motor, de suscripción obligatoria

IV. Real decreto 731/1987, de 15 de mayo, por el que se aprueba el reglamento del consorcio decompensación de seguros

V. Orden de 23 de abril de 1987, relativa al modelo a utilizar para probar la existencia del seguro deresponsabilidad civil derivada del uso y circulación de vehículos a motor, de suscripciónobligatoria

VI. Orden de 25 de septiembre de 1987, por la que se dictan normas relativas al funcionamiento de laoficina española de aseguradores de automóviles (ofesauto)

VII. Ley 21/1990, de 19 de diciembre, de adaptación del derecho español a la directiva 88/357/CEE, sobrelibertad de servicios en seguros distintos al de vida y actualización de la legislación de segurosprivados

VIII. Orden de 5 de marzo de 1991, por la que se da publicidad a un sistema para la valoración de losdaños personales en el seguro de responsabilidad civil ocasionada por medio de vehículos de motor,y se considera al mismo como procedimiento apto para calcular las provisiones técnicas parasiniestros o prestaciones pendientes correspondientes a dicho seguro

IX. Ley 30/95, de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de los seguros privados

X. Resolución de 8 de marzo de 1996, de la dirección general de seguros, relativa a la obligación delas compañías de seguros de comunicar al consorcio los datos de los vehículos en ellas asegurados

XI. Resolución de 13 de marzo de 1997, de la dirección general de seguros, por la que se da publicidada las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal queresultarán de aplicar durante 1997 el sistema de valoración de los daños y perjuicios causados alas personas en accidentes de circulación

XII. Resolución de 24 de febrero de 1998, de la dirección general de seguros, por la que se da publiciada las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanente e incapacidad temporal queresultarán de aplicar durante 1998 el sistema de valoración de los daños y perjuicios causados alas personas en accidentes de circulación

XIII. Resolución de 22 de febrero de 1999, de la dirección general de seguros, por la que se da publicidada las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal queresultan de aplicar durante 1999 el sistema de valoración de los daños y perjuicios causados a laspersonas en accidentes de circulación

Normativa de la Unión Europea

I. Directiva del consejo de 24 de abril de 1972, relativa a la aproximación de las legislaciones de losestados miembros, sobre el seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación devehículos automóviles, así como del control de la obligación de asegurar esta responsabilidad

II. Directiva del consejo, de 19 de diciembre de 1972, de modificación de la directiva 72/166/CEE delconsejo, relativa a la aproximación de las legislaciones de los estados miembros, sobre el segurode la responsabilidad civil resultante de la circulación de vehículos automóviles y sobre elcontrol de la obligación de asegurar dicha responsabilidad

III. Segunda directiva del consejo, de 30 de diciembre de 1983, relativa a la aproximación de laslegislaciones de los estados miembros sobre el seguro de responsabilidad civil que resulta de lacirculación de los vehículos automóviles

IV. Tercera directiva del consejo, de 14 de mayo de 1990, relativa a la aproximación de laslegislaciones de los estados miembros sobre el seguro de responsabilidad civil derivada de lacirculación de vehículos automóviles

V. Directiva del consejo, de 8 de noviembre de 1990, que modifica, en particular por lo que se refiereal seguro de responsabilidad civil resultante de la circulación de vehículos automóviles, lasdirectivas 73/239/CEE y 88/357/CEE referentes a la coordinación de las disposiciones legales,reglamentarias y administrativas relativas al seguro directo distinto del seguro de vida

BIBLIOGRAFÍA

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