Argumento de Venta Extrajudicial ante Notario del Inmueble Hipotecado
Se ha afmnado que uno de los impactos más importantes de la crisis económica que España padece se está dando en el incremento de las ejecuciones hipotecarias que ha triplicado sus cifras entre el periodo 2007-2009, y aunque los tipos de interés están más bajos, el número de los préstamos hipotecarios impagados por los ciudadanos va en aumento, y con ello la necesidad, dolorosa, de tener que volver a dedicar atención a las soluciones que ofrece el ordenamiento jurídico para la realización de los bienes hipotecados y el pago de las deudas. La reforma del artículo 129 de la Ley Hipotecaria por la Ley de Enjuiciamiento Civil del año 2000 y, tras ella, los pronunciamientos tranquilizadores sobre su constitucionalidad de Tribunales y de la Dirección General de los Registros y del Notariado, ha hecho a los acreedores volver la vista, de nuevo, a la venta extrajudicial ante notario del bien hipotecado, que persiguiendo la misma finalidad que el procedimiento judicial, tiene a su favor su rapidez -que beneficia al acreedor- y su economía, que favorece al deudor.0