Regulado por la Directiva 2003/1987 y por sus normas de transposición -en España, la Ley 1/2005- el comercio de dióxido de carbono parte del establecimiento de un techo nacional o límite global de emisiones y exige a las instalaciones sometidas el respaldo de sus emisiones con los correspondientes derechos, asignados por el Estado, adquiridos en el mercado u obtenidos por proyectos.
Este trabajo colectivo analiza -desde una perspectiva jurídico-pública- la posibilidad jurídica de este mercado, su inicio y su desarrollo en tres grandes apartados: La primera parte encuadra el mercado de la contaminación en el contexto general de las técnicas de protección ambiental y destaca qué paralelismos presenta en relación con otros mercados sobre cuotas; la segunda se ocupa de la actividad administrativa de atribución de derechos dde emisión a las empresas, distinguiendo entre la fase normativa y la de ejecución; finalmente, la tercera analiza los aspectos jurídico-públicos del comercio de emisiones, incluyendo un completo estudio de la naturaleza de los derechos de emisión.