Capítulo 1
EL DOMINIO DE ORGANIZACIÓN COMO SUPUESTO ESPECÍFICO DEL DOMINIO
DE LA VOLUNTAD. LA TESIS DE ROXIN Y SU COMPATIBILIDAD
CON LA FIGURA TRADICIONAL DE LA AUTORÍA MEDIATA
I. Consideraciones generales del concepto de autor. Punto de partida: asunción de la teoría del dominio del hecho .
II. El automatismo en el funcionamiento del aparato. Sobre el grado de seguridad en el cumplimiento de la orden .
III. Relativización del «principio de responsabilidad» y condición de «instrumento» .
1. Acercamiento previo al «principio de responsabilidad». El «principio de responsabilidad» vs. el «principio de propia responsabilidad». Po¬sicionamientos doctrinales .
2. La cualidad de «instrumento» .
2.1. Del instrumento «mecánico» al instrumento «animado». Reconocimiento de la autoría mediata .
2.2. Sobre la compatibilidad de la instrumentalización y la actuación responsable del ejecutor .
2.2.a) Instrumentalizaciones reconducidas a supuestos de autoría directa .
2.2.b) El instrumento responsable en supuestos de autoría mediata .
2.3. Conclusiones finales sobre la interpretación del término «instrumento» .
IV. Exclusión de las categorías de coacción y error .
V. Extensión del ámbito de aplicación del dominio de organización más allá de las organizaciones de carácter estatal .
VI. Breve recapitulación de ideas .
Capítulo 2
FUNDAMENTOS ESTRUCTURALES DEL DOMINIO DE ORGANIZACIÓN
I. Criterio de la fungibilidad o intercambiabilidad (Austauschbarkeit) del instrumento .
1. Gran reserva de ejecutores: sobre la necesidad de un amplio número de subordinados fungibles .
2. Posiciones doctrinales acordes y críticas con la asunción del requisito de la fungibilidad. Estudio diferenciado .
2.1. Admisión de la fungibilidad como criterio fundamentador .
2.2. Rechazo de la fungibilidad como criterio fundamentador. Búsqueda de criterios alternativos .
2.3. Asunción del criterio de la fungibilidad con un contenido diverso .
2.4. Perspectivas contrarias a la admisión del dominio de voluntad por dominio de organización. Rechazo absoluto del criterio de la fungibilidad .
II. Subordinación y estructura jerárquica del aparato .
1. Valoración del contenido del requisito y consideraciones críticas .
2. Dominio escalonado. Responsabilidad de los mandos intermedios .
2.1. Especial consideración al caso Eichmann .
2.2. Posibilidad de extensión de la figura al último emisor de la orden en la escala de mando, en relación directa con el concreto ejecutor. Problema de la graduabilidad del dominio del hecho .
3. ¿Conduce la subordinación del ejecutor a la justificación de su conducta por obrar en cumplimiento de un deber? .
III. Criterio de la desvinculación del Derecho (Rechtsgelöstheit) .
1. Desvinculación jurídica en el seno de organizaciones de carácter estatal .
2. Desvinculación jurídica en el seno de organizaciones extra¬estatales .
3. Apoyo doctrinal al mantenimiento del requisito .
4. Valoración final y toma de postura .
IV. Disposición incondicionada del ejecutor a la realización del hecho .
1. Origen del concepto de la «disposición incondicional al hecho». Valoración crítica del requisito de la incondicionalidad .
2. Planteamientos doctrinales conformes con la exigencia de «disposición al hecho» por parte del ejecutor. Parcial adhesión a las tesis de Schroeder .
3. Posiciones críticas con la exigibilidad de la disposición incondicional como fundamento estructural .
4. ¿Valoración de la persona incondicionalmente dispuesta a la ejecución como omnimodo facturus? .
4.1. Aproximación al concepto .
4.2. Acerca de la virtualidad de la delimitación entre complicidad psíquica e inducción. Teoría de la preponderancia .
4.3. Extensión del planteamiento al ámbito de los aparatos organizados de poder .
V. Recapitulación .
VI. Análisis ulterior: hacia un intento de construcción de un Typus ideal del dominio de organización a través de los fundamentos estructurales previamente reconocidos .
Capítulo 3
ALTERNATIVAS DOCTRINALES A LA SOLUCIÓN DE LA AUTORÍA MEDIATA
I. Planteamientos doctrinales que reconducen la responsabilidad del hombre de atrás a la autoría (artículo 28. 1 CP de 1995) .
1. Solución de la coautoría .
1.1. Elemento subjetivo: acuerdo común sobre la realización delictiva .
1.1.a) Breve aproximación al concepto de acuerdo común. Planteamientos doctrinales críticos. .
1.1.b) Análisis de la satisfacción del requisito subjetivo en el ámbito de las estructuras organizadas de poder .
1.2. Elemento objetivo. Requisito de la ejecución conjunta de los coautores. Reparto funcional de tareas. Acerca de la posibilidad de apreciar dominio del hecho en quien participa únicamente en fase preparatoria .
1.2.a) Planteamiento doctrinal mayoritario: necesaria intervención de todos los coautores en la fase de ejecución del delito .
1.2.b) Posiciones doctrinales contrarias: coautoría no ejecutiva como portadora como portadora del dominio del hecho .
1.3. Configuración estructural necesaria: existencia de comportamientos organizados de forma horizontal. Igualdad de rango entre los aportes de los coautores .
1.3.a) Equivalencia de las aportaciones. Criterios de distinción .
1.3.b) Valoración crítica del criterio de la horizontalidad. Aportaciones doctrinales contrarias a su exigencia .
1.4. Soluciones jurisprudenciales cercanas o aparentemente cercanas a la solución de la coautoría .
1.5. Recapitulación y valoración final .
2. Solución de la autoría accesoria (Nebentäterschaft) .
2.1. Aproximación al concepto de autoría accesoria .
2.2. El «hombre de atrás» en el seno de un aparato organizado de poder como autor accesorio .
2.3. Conclusión y toma de posición .
3. Solución de la autoría intelectual .
3.1. Reconducción del término «fuerzan» del artículo 14.2.º.1 CP73 a la autoría mediata .
3.2. El «forzar a la ejecución del hecho» como forma de participación .
3.3. El recurso a la fuerza como equivalente al empleo de vis absoluta .
3.4. El artículo 14.2.º.1 CP73 como tertium genus .
3.5. Valoración crítica y conclusión .
II. Planteamientos doctrinales que atribuyen una responsabilidad accesoria al hombre de atrás. Su incriminación como partícipe .
1. Solución de la inducción .
1.1. Punto de partida: respeto al principio de responsabilidad y rechazo de la figura del autor detrás del autor .
1.2. Intento de clasificación de los diversos planteamientos. Sobre la posibilidad de reconocer la inducción en alguno o en todos de los escalones de mando .
1.2.a) Inducción referida exclusivamente al dirigente de la cúpula organizativa .
1.2.b) Interpretación restrictiva del adverbio directamente. Inducción sólo del último miembro intermedio .
1.2.c) Todos los miembros de la cadena de mando como inductores. El problema de la inducción en cadena .
1.3. Valoración crítica. Recopilación de las principales objeciones frente a las tesis de la inducción. Punto de partida: delimitación de la autoría mediata y la inducción .
1.3.a) El reconocimiento del dominio del hecho como razón primera de la inviable incriminación del hombre de atrás como inductor .
1.3.b) Sobre la necesaria o innecesaria determinación del receptor de la instigación. Eventual predicación a los aparatos organizados de poder como requisito imprescindible para la inducción .
1.3.c) Imposible constatación de la típica inseguridad de producción del resultado. Nuevo obstáculo para la afirmación de una inducción. .
1.4. Resumen y valoración final .
2. Solución de la cooperación necesaria o de la complicidad .
2.1. Planteamientos doctrinales favorables. .
2.1.a) El hombre de atrás en el seno de un aparato de poder como cooperador necesario o como cómplice .
2.1.b) La solución de la cooperación necesaria o de la complicidad como disyuntiva a la inducción .
2.2. Posicionamiento doctrinal crítico .
2.2.a) Acercamiento a la figura del cooperador necesario. Sobre la atribución al mismo del dominio del hecho. Su delimitación con la coautoría. .
2.2.b) Exigencia de un elemento subjetivo. Sobre la necesidad de acuerdo entre el autor y el cooperador necesario o el cómplice .
2.3. Resumen de ideas y conclusión .
BIBLIOGRAFÍA .