Argumento de El Resarcimiento de los Daños Causados por Catástrofes Naturales
Encuadernación: Rústica
La vida del hombre discurre en constante interacción con su entorno físico. Cuando se producen eventos de la naturaleza tales como inundaciones por desbordamiento de ríos, embates del mar, terremotos o incendios, capaces de producir deterioros en forma de pérdidas materiales, económicas, ambientales o personales, y ocasionando con ello graves interrupciones en el funcionamiento de una comunidad sin que ésta pueda hacer frente a dicha situación con sus propios recursos, nos encontramos ante un desastre o catástrofe natural.
Dentro de las desastres provocados por la naturaleza, las inundaciones configuran, con mucha diferencia sobre los demás, el evento natural que más deterioros causa en España, lo cual justifica que hayan sido utilizadas como hilo conductor a lo largo de toda esta obra.
Concebido desde un punto de vista eminentemente práctico, este libro se divide en tres capítulos, correspondientes con las tres vías por las cuales comúnmente pueden ser resarcidas las víctimas.
El primer capítulo se dedica a la responsabilidad patrimonial extracontractual de la Administración pública, con especial atención a sus elementos configuradores y, de forma especial, a la fuerza mayor en cuanto causa excluyente de esta responsabilidad. La causalidad en supuestos de omisión pura de la Administración pública en su deber de actuar ante un riesgo natural previsible, ocupa también un merecido lugar en este texto, pues entronca con su obligación fundamental de proteger la vida y los bienes de los administrados, especialmente visible cuando se trata de eventos climáticos que se repiten de modo cíclico, como ocurre con la gota fría o los desbordamientos de determinados ríos.
El estudio de estas situaciones se ha enfocado principalmente a partir de la cita de diversas resoluciones judiciales, con especial mención de aquellas que se ocupan de los deterioros ocasionados por inundaciones catastróficas. El segundo capítulo se refiere al aseguramiento de los riesgos extraordinarios, con obligada cita del sistema de desembolso de los estropicios producidos por desastres de la naturaleza a través del Consorcio de Compensación de Seguros, y con reseña, dado su interés práctico en materia de inundaciones, del seguro agrario combinado, pues los agricultores y ganaderos son en muchas ocasiones los principales damnificados por el desbordamiento de ríos y ramblas. En el último capítulo se exponen las líneas generales del sistema de solidaridad, en forma de ayudas públicas a las víctimas de los desastres provocados por la naturaleza. Esta clase de reparación resulta especialmente relevante en aquellos supuestos en que la víctima no puede ser resarcida por ninguna de las dos vías antedichas.1