El objetivo de la presente obra es efectuar un análisis de la relevancia que el vínculo matrimonial tiene en el sistema español de la Seguridad Social que pueda constituir un fundamento sólido a partir del cual valorar la oportunidad de situar en un plano de igualdad la familia de hecho y la familia matrimonial. Y es que el anuncio de la extensión de la pensión de viudedad a las uniones de hecho invitaba a efectuar una reflexión no sólo de tal extremo, que también, sino de la persistencia del requisito del estado civil, a! menos, en el régimen general de la Seguridad Social. Se trata, pues, de identificar en qué casos y con qué suerte las normas reguladoras del Régimen General de la Seguridad Social excluyen a las uniones de hecho. De esta forma, y a la vista de la finalidad presente en cada norma, es posible averiguar si, en realidad, existe o no un criterio objetivo y razonable que justifique la diferenciación entre uno y otro tipo de convivencia.\