«Siempre que el ayuntamiento se propone una cosa que toque a alguno de los dichos miembros, la gente que está en el ayuntamiento junta al suyo y asiste allí la justicia y, tomada la resolución, se trae al ayuntamiento y de allí sale el acuerdo» (1574).
«Esta ciudad es diferente de las otras en el ayuntamiento porque aquí entran demás de los regidores, tres por el estado de los hijosdalgo y por la tierra un fiel y un procurador general y por los buenos hombres pecheros un procurador del común y para resolverse es menester juntar todos los estados» (1589).