Aunque en ocasiones ello pueda a obedecer más a propósitos «electoralistas» que a una sincera preocupación por sus problemas y realidades, los dirigentes políticos y sociales procuran mostrar públicamente su desvelo por la situación de las personas mayores, a veces denominadas, con eufemismo, como «tercera edad». La recurrente mención a la necesaria revisión y puesta al día de las pensiones de jubilación, o la aprobación de la Ley 42/2003, de 21 de noviembre, llamada a garantizar las relaciones familiares entre los abuelos y sus nietos en supuestos de crisis matrimonial, son dos ejemplos que ilustran la creciente importancia de este sector de la sociedad, que actualmente representa un porcentaje del 16% de los habitantes de España, cifra que previsiblemente irá en aumento, dada la mejora de las condiciones de vida. Este mismo hecho del envejecimiento de la población es uno de los elementos puestos a debate hoy en día ante la crisis financiera del sistema público de pensiones, de tal manera que desde muy diversos foros se lanzan propuestas dirigidas a la revisión de una política que se juzga como insostenible económicamente. Asimismo, la aparición de nuevos fenómenos y circunstancias hasta ahora inexistentes (baste el ejemplo de la enfermedad de Alzheimer) fuerzan a que el Derecho aborde su estudio y la enunciación de soluciones jurídicas que ayuden a un adecuado encauzamiento de los problemas. Cada dos años, la Universidad de Salamanca organiza un curso, bajo el título «Las personas mayores ante el Derecho», donde especialistas de las más diversas materias (civil, laboral o internacional) exponen en diferentes ponencias y comunicaciones algunas de las cuestiones más directamente relacionadas con la ancianidad. El libro Protección jurídica de los mayores recoge todas las intervenciones habidas en el Congreso celebrado a finales del año 2003, en el que se desarrollaron temas tan sugestivos como las nuevas figuras contractuales mediante las que el anciano cede su patrimonio a cambio de que determinada persona o familia le preste sustento y ayuda, las dificultades que plantea la medida de la jubilación anticipada o la declaración de incapacitación de quienes por su avanzada edad presentan una progresiva pérdida de su capacidad psíquica que puede causar perjuicios a su patrimonio.