Generalmente, los accionistas minoritarios de entidades mercantiles y los titulares de depósitos y valores financieros desconocen las obligaciones legales que nuestro ordenamiento jurídico impone a esta clase de sociedades. Esta obra supone una herramienta eficaz para que, mediante su estudio, tengan los conocimientos necesarios para poder discernir y escoger en cuáles de ellas invertir o no, en base a los criterios de Responsabilidad Social Corporativa y modelos de prevención que actualmente son de obligado cumplimiento. La introducción de un sistema de responsabilidad penal de personas jurídicas en 2010, remodelado en 2015, ha supuesto una auténtica revolución en nuestro ordenamiento penal; medidas éstas que apenas está dando sus primeros pasos. Así, la LO 5/2010 de Reforma del Código Penal (CP), con las modificaciones recogidas en la LO 1/2015, de 30 de marzo, establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas y alude a un sistema de "prevención de delitos" en las empresas, para modular esa responsabilidad. La ausencia de dichos modelos de organización y gestión, o la implantación ineficaz de los mismos (cuestiones detalladas ampliamente en estas páginas), supone para los accionistas minoritarios y los depositantes un grave riesgo de pérdida del patrimonio aportado o merma de sus beneficios, como consecuencia de la imposición de una pena, por un procedimiento judicial al haber incurrido la empresa en responsabilidad penal. El texto, realizado por Jesús Lorenzo Aguilar, quien actualmente es director general de la Asociación Española de Mediación (ASEMED), hace especial referencia a la utilización de mecanismos de mediación para resolver este tipo de conflictos. Además, cuenta con un prólogo realizado por Antonio del Moral García, magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, quien apunta que este ?opúsculo enriquece ese amplio panorama bibliográfico pero con una óptica original y singular? ya que ?en él convergen tendencias muy actuales que parecerían discurrir por senderos diferenciados, pero que el autor las hace confluir pertinentemente: responsabilidad social, protección del accionista minoritario y sus derechos, y mediación en relación todo con ese nuevo marco penal?.