Desde hace décadas se siente la necesidad de abordar una reforma integral del enjuiciamiento criminal en España. Ya en el año 2001, el denominado ?Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia? estableció como objetivo básico la elaboración de un nuevo texto legislativo para el enjuiciamiento criminal. Se dijo entonces que se trataba de una actuación imprescindible para culminar el proceso de modernización de nuestras leyes procesales. Sin embargo, aunque en varias ocasiones se ha anunciado la preparación de un texto articulado, este propósito nunca ha llegado a materializarse. No obstante, y con pretensiones más modestas, en fechas muy recientes han fraguado algunas iniciativas legislativas menores, unas de carácter sustantivo y otras netamente procesales, que van a repercutir, sin duda, en el proceso penal: Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal; la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito y la Ley Orgánica 5/2015, de 27 de abril, por la que se modifican la LECrim y la LOPJ.