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Los Sujetos del Convenio Colectivo. Partes Negociadoras.

Autor:Natalia Tomás Jiménez;
Categoría:Otros
ISBN: 9788498369755
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Argumento de Los Sujetos del Convenio Colectivo. Partes Negociadoras.

PRÓLOGO por José Luis Monereo Pérez .

INTRODUCCIÓN .

PARTE I
EL MODELO DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA

CAPÍTULO I
LA GARANTÍA CONSTITUCIONAL DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA.
ESPECIAL REFERENCIA A SU TITULARIDAD

1. EVOLUCIÓN DEL DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL: DESDE SUS ORÍGENES A LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978 .
1.1. Fundamento histórico del derecho a la negociación colectiva .
1.2. Antecedentes en el ordenamiento jurídico español del derecho a la negociación colectiva
1.2.1. Primeras reivindicaciones de carácter colectivo .
1.2.2. La II República: implícito reconocimiento constitucional del derecho a la negociación colectiva .
1.2.3. El régimen franquista y la imposición de un modelo jurídico sindical totalitario-autoritario .
1.2.4. Ley de Convenios Colectivos Sindicales de 1958: ruptura «inconsciente» del sindicalismo vertical .
2. RASGOS FUNDAMENTALES DEL MODELO CONSTITUCIONAL DEL DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA .
2.1. La ambivalencia como una nota dominante del texto constitucional .
2.2. Ubicación del derecho a la negociación colectiva en la Constitución Española de 1978 .
2.3. Configuración constitucional del derecho a la negociación colectiva desde una perspectiva de conjunto .
2.3.1. La relación negociación colectiva – libertad sindical .
2.3.2. Otras referencias constitucionales conectadas con el derecho a la negociación colectiva .
3. EFICACIA Y TITULARIDAD. ÁMBITO SUBJETIVO DEL DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DESDE EL PRISMA CONSTITUCIONAL .
3.1. La eficacia jurídica y personal del convenio colectivo desde una perspectiva del derecho comparado .
3.2. La eficacia de los convenios colectivos: una cuestión indeterminada en la Constitución Española .
3.2.1. Eficacia normativa versus eficacia obligacional .
A. Diversidad de tesis sobre qué debe entenderse por «fuerza vinculante» .
B. La negociación colectiva es una fuente de producción originaria .
3.2.2. Eficacia personal del convenio colectivo: eficacia inter partes versus eficacia erga omnes .
3.3. La titularidad del derecho a la negociación colectiva .
3.3.1. La titularidad universal del derecho a la negociación colectiva por remisión al derecho a la libertad sindical .
3.3.2. La controversia respecto el carácter individual y/o colectivo del derecho a la negociación colectiva .
A. Debate inicial sobre su carácter individual y/o colectivo .
B. La preeminencia de su consideración como titularidad colectiva .
3.3.3. El carácter abierto de los sujetos titulares del derecho a negociar colectivamente por parte de los trabajadores .
A. Precedentes normativos en España .
B. Debates durante el proceso de elaboración de la Constitución Española de 1978 .
C. La textura subjetivamente abierta del derecho a la negociación colectiva .
c.1. Razones de la titularidad plural .
c.2. La posibilidad de restringir legalmente la capacidad convencional sólo a los sindicatos .
3.3.4. Primacía de la concepción orgánica o subjetiva del derecho a la libertad sindical: el sindicato como único sujeto protegido cuando negocia colectivamente .
3.3.5. El empresario como sujeto titular del derecho a la negociación colectiva .
4. PROBLEMÁTICA DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS: SU INCLUSIÓN EN EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA .
4.1. Aspectos preliminares .
4.1.1. La relevancia de la cuestión. Diversidad de posiciones desde la perspectiva nacional .
4.1.2. Perspectiva internacional .
4.2. Posición que defiende la formulación legal del derecho a la negociación colectiva de los funcionarios públicos .
4.3. Análisis constitucional del derecho a la negociación colectiva de los funcionarios públicos .
4.3.1. Predominio de la tesis negativa o excluyente del derecho a la negociación colectiva del art. 37. 1 CE .
4.3.2. Tesis positiva o incluyente a través de una interpretación sistemática del art. 37. 1 con los arts. 7 y 28. 1 CE .
4.4. Conclusión: Los funcionarios públicos tienen reconocido constitucionalmente el derecho a la negociación colectiva .
4.5. ¿Los funcionarios públicos tienen derecho a negociar convenios colectivos informales? .
CAPÍTULO II
EL MODELO LEGAL DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN ESPAÑA.
SUJETOS TITULARES DEL CONVENIO COLECTIVO
(SUBJETIVIDAD DEL CONVENIO COLECTIVO)

1. SISTEMA DE FUENTES REGULADORAS DEL CONVENIO COLECTIVO, Y POR TANTO, DE LOS SUJETOS DEL CONVENIO .
1.1. Fuentes públicas o heterónomas que regulan aspectos de los sujetos del convenio colectivo .
1.1.1. Fuentes heterónomas internacionales .
A. La Organización Internacional del Trabajo .
a.1. Inclusión del derecho a la negociación colectiva en el derecho a la libertad sindical .
a.2. Los sindicatos: sujetos negociadores preferentes pero no de forma exclusiva .
a.3. La negociación colectiva como un derecho de titularidad universal con la excepción de la Policía y las Fuerzas Armadas .
a.4. El banco empresarial goza de una protección similar a la del banco social .
a.5. Llamamiento constante a los poderes públicos para que fomenten la negociación colectiva .
B. La Unión Europea: la negociación colectiva como una fuente de Derecho Social comunitario .
b.1. Amplia titularidad del derecho a la negociación colectiva europea: distinción entre el art. 28 Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en su versión consolidada de 2007, y la terminología del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea .
b.2. Los sujetos obligados: especial salvaguarda comunitaria del derecho de igualdad desde el punto de vista normativo pero no tanto jurisprudencial. El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y su cuestionable jurisprudencia sobre el «dumping social» .
C. El Consejo de Europa .
c.1. La Carta Social Europea de 1961 .
c.2. El Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales .
1.1.2. Fuentes heterónomas estatales .
A. Mandato de la Constitución Española al legislador para que garantice el derecho a la negociación colectiva: el Título III del Estatuto de los Trabajadores .
a.1. El Real Decreto-ley 7/2011, de 10 de junio, de medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva: modificación de las reglas de legitimación negocial .
a.2. La Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral: quiebra a la eficacia jurídica y personal del convenio colectivo estatutario .
B. Otras normas estatales heterónomas que inciden en la regulación de los sujetos del convenio colectivo .
b.1. La Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y la controversia sobre si debería regular el derecho a la negociación colectiva: la STC núm. 98/1985, de 29 de julio .
b.2. Normas con rango reglamentario .
b.3. Especial atención a determinados colectivos: restricciones, particularidades o excepciones legales del derecho a la negociación colectiva
— Funcionarios en activo de la carrera judicial: magistrados y fiscales
— Fuerzas o Institutos armados y «demás cuerpos sujetos a disciplina militar»
— Miembros de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad que no tengan carácter militar
— Personal civil no funcionario al servicio de establecimientos militares
1.2. Fuentes autónomas o convencionales que regulan aspectos de los sujetos del convenio colectivo .
1.2.1. Las fuentes autónomas europeas o supranacionales: ¿pueden incidir en la regulación interna de los sujetos del convenio colectivo? .
A. Convenios colectivos europeos «vinculados, fuertes o reforzados» .
B. Convenios colectivos europeos libres, autónomos o informales .
1.2.2. Fuentes autónomas o convencionales nacionales .
A. En un contexto de Concertación Social: la legislación laboral como legislación negociada .
B. Fracaso en los intentos de pactar una reforma de la negociación colectiva .
C. El II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2012, 2013 y 2014 .
D. Los Acuerdos Interprofesionales y los Acuerdos y Convenios Colectivos Sectoriales Marco .
1.3. Relación entre fuentes heterónomas y fuentes autónomas con carácter general .
1.3.1. La relación de complementariedad entre la heteronomía y la autonomía como la línea dominante .
1.3.2. En el Derecho del Trabajo predominan las normas mínimas o de derecho necesario relativo .
1.4. Articulación de fuentes heterónomas y fuentes autónomas en la regulación de los sujetos del convenio colectivo .
1.4.1. La hegemonía de las normas de derecho necesario absoluto en las reglas de legitimación de los convenios colectivos estatutarios .
1.4.2. La eficacia personal general: un plus de carácter estrictamente heterónomo .
1.4.3. Reglas de legitimación en los convenios colectivos extraestatutarios: ámbito propio de las fuentes autónomas .
1.4.4. Zonas de conflicto entre la autonomía colectiva y la autonomía individual: los acuerdos individuales en masa .
2. DELIMITACIÓN ESPECÍFICA DEL MODELO LEGAL DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN ESPAÑA .
2.1. Modelos de negociación colectiva .
2.2. El necesario replanteamiento del modelo español de negociación colectiva .
2.2.1. Un creciente carácter intervencionista .
2.2.2. Predominio inicial de un modelo eminentemente estático, particularmente en lo que a sujetos del convenio colectivo se refiere .
2.2.3. Transición general hacia un modelo difuminado: incremento paulatino de notas dinámicas .
2.3. Tipos de convenios colectivos en el ordenamiento jurídico español: convenios colectivos estatutarios y convenios colectivos extraestatutarios .
2.3.1. Delimitación inicial del concepto de convenio colectivo .
A. Autonomía colectiva: negociación colectiva, concertación social y diálogo social .
B. «Pactos colectivos»: convenios colectivos estándar versus acuerdos de empresa .
C. Tipos de convenios colectivos: similitud entre el ordenamiento jurídico convencional europeo y el ordenamiento jurídico convencional español .
2.3.2. Convenios colectivos estatutarios, de eficacia general o erga omnes .
A. Génesis del Título III del Estatuto de los Trabajadores: El Acuerdo Básico Interconfederal de 1979 .
B. Doctrina del Tribunal Constitucional sobre la rigurosidad y el carácter de normas de Derecho necesario estricto de las reglas de legitimación negocial .
b.1. Exigencias de la eficacia personal general del convenio colectivo .
b.2. Sujetos legitimados: titularidad colectiva y preferente o exclusivamente sindical .
b.3. La representatividad de los sujetos negociadores como requisito imprescindible: la figura del sindicato más representativo .
2.3.3. Convenios colectivos extraestatutarios, de eficacia limitada o inter partes .
A. Fundamento constitucional para su viabilidad .
B. Previsiones normativas heterónomas respecto a los convenios colectivos extraestatutarios: el propio Estatuto de los Trabajadores .
C. La eficacia personal limitada como consecuencia del carácter voluntario de la representación de los sujetos negociadores .

PARTE II
ESTUDIO DE LOS SUJETOS
DEL CONVENIO COLECTIVO

CAPÍTULO I
NIVELES DE NEGOCIACIÓN Y SUJETOS
DEL CONVENIO COLECTIVO

1. IDENTIFICACIÓN Y CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DEL ÁMBITO DEL CONVENIO COLECTIVO. PRINCIPIO DE LIBERTAD DE LAS PARTES PARA FIJAR LA UNIDAD DE NEGOCIACIÓN .
1.1. Diferenciación entre unidad de negociación y nivel de negociación .
1.2. Diferenciación entre nivel de negociación y ámbito de aplicación del convenio .
2. LÍMITES A LA LIBERTAD DE ELECCIÓN DEL NIVEL DE NEGOCIACIÓN .
2.1. Límites derivados de la representatividad de las partes negociadoras, especialmente estrictos en los convenios colectivos estatutarios .
2.1.1. Problemática de ámbitos funcionales «dudosos» por las dificultades de acreditar los índices de representatividad exigidos: posibles consecuencias .
2.1.2. Reminiscencias de la doctrina jurisprudencial del «carácter objetivo o apropiado de la unidad de negociación» .
2.2. Límites derivados de las reglas de estructura y articulación de convenios colectivos
3. NIVELES DE NEGOCIACIÓN DERIVADOS DE LAS REGLAS DE LEGITIMACIÓN .
3.1. Niveles de negociación y reglas de legitimación para negociar en los convenios colectivos estatutarios .
3.1.1. Los antecedentes normativos .
3.1.2. El Proyecto de Ley del Estatuto de los Trabajadores .
3.1.3. Niveles negociales previstos respecto a las reglas de legitimación en el Estatuto de los Trabajadores: ampliación tras el Real Decreto-ley 7/2011 .
A. Nivel de empresa o inferior .
a.1. La empresa como una unidad de organización económica en la que se negocian convenios colectivos estatutarios .
a.2. Incremento progresivo de la complejidad de la estructura empresarial .
a.3. El centro de trabajo como nivel posible de negociación .
B. Nivel de grupos de empresas y pluralidad de empresas vinculadas por razones organizativas o productivas y nominativamente identificadas en su ámbito de aplicación .
b.1. La presencia creciente de los grupos de empresas en la realidad negocial .
b.2. Importancia de la jurisprudencia previa al Real Decreto-Ley 7/2011: viabilidad jurídica como nivel de negociación estatutaria .
b.3. Situación actual: reconocimiento expreso de los grupos de empresas en el art. 87. 1 ET .
— ¿Qué es un grupo de empresas?
— Delimitación entre grupos de empresas y empresas red
C. Convenios dirigidos a un grupo de trabajadores con perfil profesional específico: los «convenios franja» .
D. Nivel sectorial .
3.2. Ámbitos de negociación y reglas de legitimación para negociar en los convenios colectivos extraestatutarios .

CAPÍTULO II
PARTES CONTRATANTES. RÉGIMEN JURÍDICO

1. CONSIDERACIONES PREVIAS .
1.1. Delimitación de la materia objeto de análisis: la imprescindible relación entre partes contratantes y sujetos colectivos .
1.2. Legitimación versus capacidad negociadora: legitimación inicial y legitimación plena para negociar .
2.SUJETOS NEGOCIADORES DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS ESTATUTARIOS .
2.1.Sujetos negociadores de los convenios colectivos estatutarios de empresa o de ámbito inferior: problemas que se derivan .
2.1.1. Notas preliminares .
A. Radiografía de la práctica negocial en el nivel de empresa o ámbito inferior en la negociación colectiva española .
B. Algunas precisiones respecto a la delimitación del nivel de negociación .
2.1.2.Legitimación negocial por parte de los trabajadores. Mantenimiento del doble canal de negociación: representación unitaria y secciones sindicales como sujetos alternativos y excluyentes en la negociación .
A.Configuración alternativa y excluyente: no pueden negociar representantes unitarios y secciones sindicales de forma conjunta .
a.1.La todavía sindicalización de la representación unitaria dificulta la delimitación de quién negocia .
a.2. La práctica negocial no cumple fielmente la exigencia de que sea una legitimación alternativa .
a.3. La cuestionable eficacia del control formal de la autoridad laboral .
a.4. Posibles consecuencias de que se negocie de forma conjunta por las representaciones unitaria y sindical .
B. La capacidad negociadora de la representación unitaria .
b.1. Su lógica limitación a la negociación colectiva estatutaria de ámbito de empresa .
b.2. El comité intercentros: un sujeto negociador idóneo en empresas pluricelulares .
— Problemática respecto al requisito de atribución de facultades negociadoras por el convenio constituyente al comité intercentros
— La ampliación del número máximo de miembros de la comisión negociadora tras el Real Decreto-Ley 7/2011: facilita la negociación directa del comité intercentros
b.3. Supuestos problemáticos: empresas pluricelulares y centros de trabajo sin representantes unitarios .
b.4. La posible exclusión de la representación unitaria de la negociación colectiva estatutaria .
C. Las secciones sindicales: sujetos negociadores preferentes .
c.1. El sindicato como sujeto negociador directamente en la empresa .
— Postura excluyente del Tribunal Constitucional
— Oscilante doctrina del Tribunal Supremo: consolidación de la postura incluyente con matices
— Situación actual tras el Real Decreto-ley 7/2011: incertidumbre. Argumentos en contra y argumentos a favor
c.2. La preferencia negociadora de las secciones sindicales frente a la representación unitaria: novedad del Real Decreto-ley 7/2011 .
— Análisis retrospectivo de esta preferencia: una vuelta a los orígenes del Estatuto de los Trabajadores
— Justificación de esta preferencia actual: estrategias negociadoras
— Problemática indeterminación temporal en su configuración
— Alcance real de la priorización de las secciones sindicales en perjuicio de la representación unitaria
c.3. Supuestos problemáticos: apuesta por las secciones sindicales intercentros .
D. Negociación de convenios en empresas o centros de trabajo sin representación de los trabajadores .
d.1. Previsión legal del supuesto de que no existan sujetos negociadores en los acuerdos de empresa .
d.2. La regla específica de la Ley 14/1994, de 1 de junio, para las empresas de trabajo temporal ante la ausencia de sujetos legitimados para negociar .
— Carácter supletorio de la norma
— Finalidad del art. 13 Ley 14/1994: dificultad para conformar la representación unitaria por las características del sector
— Regla residual como consecuencia de la estructura negocial en el sector de las empresas de trabajo temporal
d.3. Propuesta de «lege ferenda» para los supuestos en los que no exista representación de los trabajadores .
2.1.4. Legitimación negocial por parte del empresario .
A. Concepto de empresario desde la perspectiva de que es un sujeto negociador .
B. Posibilidad de que el empresario delegue su legitimación negocial: la representación voluntaria .
C. El «interés común de la empresa» como elemento de confluencia entre el interés del banco económico y el interés del banco social .
D. Nuevas realidades empresariales: necesaria reformulación del concepto de empresario .
2.2. Sujetos negociadores en los grupos de empresas y en una pluralidad de empresas vinculadas por razones organizativas o productivas y nominativamente identificadas en su ámbito de aplicación: criterio mixto o teoría de la legitimación cruzada .
2.2.1. Situación anterior al Real Decreto-Ley 7/2011: construcción jurisprudencial de la teoría de la legitimación cruzada .
2.2.2. Situación posterior al Real Decreto-ley 7/2011: la consagración legal de la teoría de la legitimación cruzada pero con matices .
A. Legitimación inicial por parte de los trabajadores: no remisión completa a las reglas de los convenios colectivos estatutarios sectoriales .
B. Legitimación plena por parte de los trabajadores .
C. Legitimación inicial y plena por parte del empresario .
D. Supuestos problemáticos .
d.1. Unidades transversales de empresas contratistas y subcontratistas cohesionadas por la empresa principal .
d.2. Convenios colectivos multiempresariales .
2.2.3. Análisis crítico de la normativa vigente .
A. La cuestionable rigidez de la regulación estatutaria: una necesaria distinción entre grupos de empresas con estructura vertical y grupos de empresas con estructura horizontal .
B. Alternativas posibles: una aconsejable regulación flexible .
b.1. Problemas para constituir adecuadamente órganos de representación unitaria en los grupos de empresas .
— Comités intercentros: limitaciones
— La representación unitaria de los grupos de empresas en el Derecho Comparado
— España: la urgencia de una adecuada regulación heterónoma de la representación unitaria en los grupos de empresas y empresa red .
b.2. Propuesta de regulación de la legitimación negocial en los grupos de empresas desde una perspectiva integradora .
2.3. Sujetos negociadores de los convenios colectivos dirigidos a un grupo de trabajadores con perfil profesional específico: los «convenios franja» .
2.3.1. Legitimación negocial por parte de los trabajadores .
A. Análisis de las distintas posibilidades negociadoras de la representación unitaria en la regulación «franja» .
B. Las secciones sindicales: sujetos negociadores predominantes .
b.1. Legitimación inicial de las secciones sindicales: eliminación del requisito de implantación .
b.2. Legitimación plena: diferentes interpretaciones sobre el cumplimiento del requisito de la designación mayoritaria de los trabajadores .
2.3.2. Legitimación negocial por parte del empresario .
2.4. Sujetos negociadores de los convenios colectivos estatutarios sectoriales .
2.4.1. Legitimación negocial por el lado de los trabajadores .
A. Legitimación inicial: conservación del esquema establecido .
B. Legitimación plena: previsión excepcional para sectores sin representación unitaria .
2.4.2. Legitimación negocial por el lado de los empresarios: importantes novedades flexibilizadoras tras el Real Decreto-ley 7/2011 .
A. Facilidades para acceder a la legitimación inicial al excepcionarse el doble requisito de afiliación y ocupación .
B. Reglas especiales de legitimación inicial y de legitimación plena para sectores en los que no existan asociaciones empresariales que cuenten con la suficiente representatividad .
3. SUJETOS NEGOCIADORES DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS EXTRAESTATUTARIOS O DE EFICACIA LIMITADA: PROBLEMAS DE LEGITIMACIÓN .
3.1. La configuración de la legitimación en los convenios colectivos extraestatutarios descansa directamente en la Constitución Española .
3.2. Consecuencias ante la verificación de que un convenio colectivo estatutario no cumple las reglas de legitimación negocial .
3.3. El incumplimiento de los requisitos de legitimación negocial estatutaria: causa principal de nacimiento de los convenios colectivos extraestatutarios .
3.4. Sujetos negociadores de los convenios colectivos extraestatutarios a nivel de empresa: supuestos problemáticos .
3.4.1. ¿La representación unitaria puede negociar convenios extraestatutarios? .
3.4.2. Las secciones sindicales no privilegiadas .
3.4.3. Negociación extraestatutaria en el caso de ausencia de representantes legales en el centro de trabajo .
3.5. Sujetos negociadores de los convenios colectivos extraestatutarios a nivel sectorial .
3.5.1. Sectores sin representación legal: vía necesariamente extraestatutaria hasta el Real Decreto-ley 7/2011 .
3.5.2. Los colegios profesionales: posibilidades de negociación colectiva extraestatutaria .

CONCLUSIONES .

BIBLIOGRAFÍA .

ANEXO DE CONVENIOS SELECCIONADOS MÁS RECIENTES .

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