Argumento de Las Licencias Urbanísticas tras la Directiva de Servicios
Las competencias en materia urbanística, transferidas de las Comunidad Autónomas y las de carácter municipal, atribuidas por la Legislación de Régimen Local a los Ayuntamientos, han tenido como consecuencia la promulgación por los Parlamentos Autonómicos de diferentes leyes de ordenación del suelo y regulación del ejercicio de actividades. Por su parte, los Ayuntamientos, a pesar de no haber actualizado sus planes generales de ordenación urbana o normas subsidiarias de planeamiento por los ayuntamientos denominados de gran población, y cuyos contenidos han servido de guía para otros muchos municipios. Sin embargo, del estudio de las mismas se pone de manifiesto una gran diferencia de criterios, sobre todos a la hora de establecer parámetros para clasificar las diferentes tipos de licencias y sus formas de tramitación y lo que es importante desde el punto de la oficina técnica de ingeniería, la documentación a aportar y los criterios de aplicación de la normativa de carácter técnico. En la presente publicación se han intentado extraer más de 2000 cuestiones que pueden plantearse en el ejercicio diario de la oficina técnica de ingeniería, para poder dar al cliente de la misma, un servicio completo llave en mano, desde la concepción de la idea del establecimiento, su diseño, construcción y puesta en marcha, pasando por los trámites administrativos necesarios para su legalización.0