Lo moderno es una evocación de ruptura con el pasado. En el debate científico de hoy, lo moderno como referencia al derecho penal, ha dejado de ser una alusión al modelo penal surgido del pensamiento de la Ilustración el llamado Derecho penal liberal considerado en su momento así por suponer una con el ; por el contrario, ese derecho penal surgido en sus rasgos fundamentales a fines del siglo XVIII y principios del XIX ha pasado a ser considerado en la doctrina alemana, particularmente por como un modelo clásico frente a otro que rompe con el mismo en algunos de sus aspectos y que hoy día se manifiesta. Las profundas transformaciones de la sociedad moderna y con ello, la propia naturaleza de las cosas, hacen que al menos, algunos objetos y enunciados del discurso político-criminal y policial de la Ilustración, ya no puedan ser tomados hoy como modelo de referencia ni como medida de lo accesible legítimamente a la intervención penal; sin embargo, en opinión del autor, ello no puede justificar coronar al derecho penal de la Ilustración como clásico, pues se trata de dos modelos diferenciados pero no excluyentes de Estado de Derecho, a los que denomina como: Derecho penal (del Estado) para referirse al modelo de la Ilustración y Derecho penal (del Estado) social y como referencia a lo que se concibe como el derecho penal moderno y que, en realidad, se trata de un Derecho penal en proceso de formación.
El denominado Derecho penal del riesgo; el Derecho penal económico; el Derecho penal del ambiente; el Derecho penal de la empresa; el Derecho penal de la Unión Europea; el Derecho penal de la Globalización e incluso, el llamado Derecho penal del enemigo, son los seis ámbitos concretos en que en opinión del autor el moderno derecho penal se manifiesta. De las posiciones de la Ciencia del Derecho penal ante lo que las mismas suponen como manifestación de un moderno derecho penal, así como así como acerca del marco y el método para la solución del debate da cuenta el Dr. Luis Gracia Martin en esta aportación suya.