Argumento de La Inspección de Hacienda en el Reglamento General de Aplicación de los Tributos
VV.AA.La fortuna, que no otro mérito, de presidir el Patronato de la Fundación para la Promoción de los Estudios Financieros ha hecho posible que, por cuarta vez consecutiva, tenga la oportunidad de recordar la importancia que para nuestra Fundación tiene el hecho de que continúe enriqueciéndose con nuevos estudios el amplio y valioso acervo cultural que constituye la Semana de Estudios de Derecho Financiero. A ese proceso enriquecedor viene a contribuir el Libro que el lector tiene en sus manos, en el que se recogen las conferencias dictadas y las ponencias presentadas en la LII edición de dicha Semana. En dichas conferencias y ponencias se abordan, desde la perspectiva de la Inspección de Hacienda, aspectos sustanciales del Reglamento General de Aplicación de los Tributos aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio. Al igual que en semejantes ocasiones anteriores, debo anticipar que nada más lejos de mi propósito al redactar estas líneas que incurrir en el atrevimiento de enjuiciar, ni tan siquiera analizar, cómo se han abordado los temas por los autores cuyos trabajos incluye el Libro de referencia. Solo me cabe leer con atención y aprender de comentaristas tan altamente cualificados/as. Quienes en el año 2009 coincidimos, más o menos, en edad y nos dedicamos profesionalmente a tareas relacionadas con el estudio y aplicación de la normativa tributaria, con la entrada en vigor del Reglamento General de Aplicación de los Tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, hemos tenido ocasión de estudiar y aplicar tres Reglamentos que han desarrollado preceptos con rango de ley relativos a la función de investigación y comprobación tributaria desarrollada por la Inspección de los Tributos. El primero de los reglamentos aludidos, el Reglamento para el ejercicio de la Inspección de la Hacienda Pública aprobado por la Real Orden de 13 de julio de 1926 (en lo sucesivo, el Reglamento de 1926), se mantuvo en vigor hasta el día 31 de mayo de 1986, es decir durante 60