Argumento de La Imprudencia: Autoría y Participación
Los presupuestos de imputación en el delito imprudente son, desde el punto de vista objetivo, la creación de un riesgo no permitido y la evitabilidad de relazación del tipo, y subjetivamente, es necesario que el citado riesgo no sea conocido por el sujeto, quien no obstante tenía posibilidad de conocerlo, es decir, que el riesgo sea cognoscible, lo que constituye la previsibilidad subjetiva. De esta forma es posible hablar de un tipo subjetivo del delito imprudente o, al menos, de que el delito imprudente plantea problemas propios del tipo subjetivo del delito, aunque aquí el tipo subjetivo no tiene que coincidir lógicamente con el aspecto objetivo del hecho, sino que se entiende en el sentido de cognoscibilidad de este aspecto objetivo. La jurisprudencia más reciente de nuestro país se ha descantado por esta teoría.1