El objeto del presente trabajo es el estudio de la denominada doctrina de las infraestructuras esenciales en el Derecho antitrust de la UE; sin embargo, dado su origen en la jurisprudencia estadounidense y la validez substancial de los argumentos a favor y en contra de dicha doctrina, una amplia referencia al estado de la cuestión al otro lado del Atlántico resulta no sólo conveniente, sino del todo necesaria.