El libro recoge la modificación de la LEC de noviembre 2009, en la que se atribuye al Secretario Judicial la práctica de la conciliación cuando ésta es preprocesal pero se perpetúa la competencia del juez cuando se trata de la conciliación intraprocesal. En la obra se analizan las razones de esta política legislativa, y se valora la decisión del legislador.