Esta triple coexistencia de procedimientos para asumir la deuda ajena evidencia una dificultad añadida para la futura armonización del Derecho común europeo. La propuesta de redacción del Código de Pavía recoge tanto la novación como la cesión singular de deudas y admite la asunción espontánea de deuda con consecuencias extintivas en el primer caso y modificativas en el segundo. En cuanto a las propuestas del sistema de principios europeo, destaca el deber de colaboración que redunda en beneficio del sujeto pasivo, ya que las partes deben facilitar la plena consecución de la efectividad del contrato.
Incluye una extensa bibliografía. Segunda parte.- La definitiva fijación de la expromissio en los textos codificados y su evolución posterior: Tercera parte.- Recapitulación crítica y reflexiones conclusivas: Bibliografía.
Capítulo primero. Precedentes históricos de la asunción espontánea de deuda.
Capítulo segundo. El proceso codificador español: proyectos y antecedentes.
Capítulo tercero. La construcción de la expromissio en el sistema del código civil español: el artículo 1205.
Capítulo cuarto. La asunción espontánea de deuda en los principales textos codificados.
Capítulo quinto. Recapitulación crítica y reflexiones conclusivas.