Cuando a un procesalista se le plantea la posibilidad de tratar el tema del Arbitraje, especialmente el ARBITRAJE DE CONSUMO, lo primero que le viene a la mente es la defensa a ultranza de nuestro proceso jurisdiccional. Y este es precisamente el tema del que se ha de huir: no debemos plantearnos esa disyuntiva, ese enfrentamiento entre el "Arbitraje -general o de consumo- versus la jurisdicción ordinaria ". Por contra, debemos respaldar la opción del Arbitraje de consumo por sus virtudes y méritos propios, no por las deficiencias y carencias de las que adolece la Administración de Justicia.
El Arbitraje de consumo, si bien no es una vía nueva, permite que se obtenga justicia con mayor rapidez que acudiendo a la jurisdicción ordinaria. Lo podemos englobar dentro de las ADR en cuanto suponen una vía distinta a la jurisdicción para resolver los conflictos y mantener la paz social, sin recurrir a la fuerza. Estas vías alternativas no hay que abordarlas como enfrentadas a la justicia tradicional sino como alternativa y/o complementaria de aquella.
II. Regulación legal del arbitraje de consumo.
III. Sistema arbitral de consumo.
A. Especial referencia al concepto consumidor y empresario.
B. Objeto.
C. Organización del sistema arbitral de consumo.
IV. Proceso arbitral de consumo.
A. Introducción.
B. Principios inspiradores del proceso arbitral de consumo.
C. Fases del procedimiento arbitral de consumo.
D. Audiencia, prueba y terminación de las actuaciones.
E. Breve reseña a las disposiciones. Arbitraje de consumo electrónico y colectivo.
V. Conclusiones.
VI. Anexo II. Estadísticas del SAC hasta el 2008.