Argumento de El Delito de Robo y Hurto de Uso de Vehículos
Las innumerables modificaciones de que ha sido objeto el delito de robo y hurto de uso de vehículos desde su primera regulación por la Ley de 9 de mayo de 1950, como excepción a la impunidad general del mero uso no autorizado de cosas muebles, hasta la última reforma por Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, justifican sobradamente la presente monografía que se hace eco de las enconadas polémicas doctrinales y jurisprudenciales que parecen condenadas a no tener fin. Los sucesivos cambios en el tratamiento legal del delito de robo y hurto de uso de vehículos dejan al descubierto las torpezas de un legislador que parece no atinar con una tipificación clara, eficaz y acertada de este delito.0I. INTRODUCCIÓN
II. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS
1. La Ley de 9 de mayo de 1950, sobre Uso y Circulación de Vehículos de Motor
2. La ley de 24 de diciembre de 1962, sobre Uso y Circulación de Vehículos de Motor
3. La Ley 3/1967, de 8 de abril, sobre modificación de determinados artículos del Código penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
4. La Ley 39/1974, de 28 de noviembre, sobre modificación de determinados artículos del Código penal
5. La Ley Orgánica 3/1989, de 21 de junio, de Actualización del Código penal
III. EL CÓDIGO PENAL DE 1995 Y SUS POSTERIORES REFORMAS
1. El Código penal de 1995
2. La Ley Orgánica 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros
3. La Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código penal
IV. EL BIEN JURÍDICO PROTEGIDO
1. El bien jurídico protegido en el delito de robo y hurto de uso de vehículos por su ubicación sistemática en el Título XIII, Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico, del Libro II del Código penal
2. El bien jurídico protegido en el delito de robo y hurto de uso de vehículos por la rúbrica del Capítulo IV, Del robo y hurto de uso de vehículos, del Título XIII del Libro II del Código penal
3. El bien jurídico protegido en el delito de robo y hurto de uso de vehículos por el tenor literal del artículo 244 del Código penal
V. EL TIPO BÁSICO: EL HURTO DE USO DE VEHÍCULOS
1. El tipo objetivo
1.1. Los sujetos activo y pasivo
1.2. La conducta típica: sustraer o utilizar
1.2.1. El fin de la polémica: La entrada en vigor del Código penal de 1995 y el verbo sustraer
1.2.2. La reapertura de la polémica: La impunidad del Código penal de 1995
1.2.2.1. La utilización del vehículo en calidad de pasajero sin haber tomado parte en la sustracción
1.2.2.2. La utilización del vehículo previamente sustraído: La segunda o posteriores utilizaciones o sustracciones
1.2.2.3. Los detentadores o servidores de la posesión
1.2.3. Una polémica sin fin: La reforma de 2003 y el verbo utilizar
1.3. El objeto material
1.3.1. Concepto de vehículo a motor y de ciclomotor
1.3.2. La ajenidad del vehículo a motor o ciclomotor
1.3.3. El valor económico del vehículo a motor o ciclomotor
1.4. La ausencia del consentimiento o de la debida autorización
1.5. La restitución del vehículo a motor o ciclomotor
2. El tipo subjetivo
2.1. El dolo
2.2. El ánimo de lucro
VI. EL NUEVO TIPO DELICTIVO POR LA COMISIÓN REITERADA DE CUATRO FALTAS HOMOGÉNEAS: EL HURTO HABITUAL DE USO DE VEHÍCULOS
1. Campo de aplicación del nuevo párrafo segundo del artículo 244.1
2. Respuesta penal a la comisión en un año de más de cuatro hechos constitutivos de falta
3. La prescripción en la configuración del delito de hurto habitual de uso de vehículos
4. La coexistencia del delito de hurto habitual de uso de vehículos con el delito continuado
VII. LOS TIPOS AGRAVADOS
1. El robo de uso de vehículos con fuerza en las cosas
1.1. El concepto de fuerza en las cosas: Concepto autónomo o dependiente del concepto de fuerza en las cosas del artículo 238 del Código penal
1.2. El empleo de la fuerza típica: Para acceder al lugar donde se encuentra el vehículo o el ejercido sobre el propio vehículo
2. El robo de uso de vehículos con violencia o intimidación en las personas
2.1. El concepto de violencia
2.2. El concepto de intimidación
3. El tipo agravado por no restitución del vehículo en el plazo de cuarenta y ocho horas
3.1. Sobre la naturaleza jurídica del tipo agravado por no restitución
3.2. No restitución y ánimo de apropiación
VIII. GRADOS DE EJECUCIÓN
1. Consumación
2. Tentativa
3. Desistimiento
IX. AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN
1. Autoría
2. Participación
X. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATIVAS DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL
XI. PENALIDAD, CONCURSOS Y DELITO CONTINUADO
1. Penalidad
2. Concursos
3. Delito continuado
XII. LA EXCUSA ABSOLUTORIA DE PARENTESCO
XIII. LA FALTA DEL ARTÍCULO 623.3 DEL CÓDIGO PENAL
XIV. DAÑOS PERSONALES O MATERIALES A TERCEROS CAUSADOS CON VEHÍCULO A MOTOR ROBADO O HURTADO: LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS Y EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS
BIBLIOGRAFÍA