Argumento de Conflictos de Competencia y Jurisdiccion Ordinaria
Todavía quedan demasiados elementos por clarificar en las relaciones entre el Tribunal Constitucional y la jurisdicción ordinaria. Uno de ellos, muy controvertido en los últimos años, ha sido el de la participación de los Tribunales de Justicia y del Tribunal Supremo en la solución de conflictos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas. A juicio del autor, ninguno de los modelos hasta el momento esbozados ha conseguido resolver de manera satisfactoria el problema del solapamiento que en la práctica se produce entre ambas jurisdicciones. Defender la exclusividad del Tribunal Constitucional en la solución de conflictos competenciales es, a estas alturas, una ficción inasumible (y tampoco no es la consecuencia unívoca que se desprende del texto constitucional)
por lo que deben rastrearse nuevas respuestas que incluyan a la jurisdicción ordinaria. Adoptar esta perspectiva requiere, con todo, analizar la hasta ahora barajados e incluso redefinir el mismo concepto
de conflicto de competencias. Asimismo, la adopción de un nuevo modelo tendría importantes repercusiones en la apertura de nuevos sujetos legitimados (particulares, Corporaciones Locales...).
La conclusión final del estudio pasa por defender una estructura subsidiaria en la que la primera fase del conflicto positivo sería enjuiciada por los tribunales ordinarios y, ulteriormente, en caso de
decisión contraria a las reglas competenciales, subsistiría la posibilidad de acceder al Tribunal Constitucional a fin de asegurar la uniformidad jurisprudencial. ÍNDICE (RESUMEN): La insistencia del precedente. El problema de la dualidad jurisdiccional en la solución de conflictos competenciales:
fundamentos positivos. La articulación entre jurisdicción constitucional y ordinaria en los conflictos de competencia: propuestas teóricas. El modelo subsidiario de solución de conflictos positivos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas.0