Esta obra pretende analizar la responsabilidad civil de dos profesionales fundamentales en el proceso constructivo, los arquitectos superiores y técnicos. Se detiene para ello en aspectos normativos o competenciales que definen las respectivas funciones de ambos técnicos en una construcción privada y se hace eco asimismo de las más recientes resoluciones jurisprudenciales que sirven como fundamento al análisis y definición de los diversos criterios de atribución de responsabilidades civiles a los arquitectos proyectistas y directores, por los posibles daños que la obra pueda causar, tanto a los propietarios comitentes de las obras o sucesivos adquirientes como a terceros, para concluir finalmente que, ni el arquitecto superior debe responder por cualquier daño que derive de la obra, simplemente por ejercer en ella, por lo común, la función de alta dirección, bajo la que actúan el resto de los partícipes en la construcción, como tampoco debe concebirse al arquitecto técnico o aparejador como un técnico omnirresponsable por situarse en un estadio intermedio en el proceso constructivo, esto es, entre el arquitecto superior y el constructor.