Argumento de Reglamento Eficiencia Energetica Insta.alum.exte.rd 14-11-08
Dentro del marco europeo, sobre la mejora de los sistemas energéticos que garanticen la eficiencia y el ahorro energético sin que afecten a la competitividad, se ha realizado una normativa dirigida a la mejora, en términos socioeconómicos y medioambientales, de las instalaciones de alumbrado exterior.
El presente reglamento pretende regular el impacto que tienen las instalaciones de alumbrado exterior sobre el medioambiente, evitando los usos no racionales de la energía eléctrica, así como de la posible contaminación lumínica.
La mejor forma de poder controlar estos aspectos, se consigue mediante la obtención de una correcta eficiencia energética en este tipo de instalaciones, establecida por el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior (Real decreto 1890/2008 de 14 de noviembre) y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-EA-01 hasta la ITC-EA-07.
El citado reglamento se puede considerar complementario a la normativa existente del REBT 842/2002 de 2 de agosto, por el que se regula la ejecución de las instalaciones eléctricas en Baja Tensión; así que dicha ejecución del alumbrado exterior y su tramitación administrativa no sufren ninguna modificación, y si únicamente se deben adicionar unos puntos documentales que justifiquen una correcta eficiencia energética.
Los aspectos fundamentales que introduce la normativa que es objeto del presente libro se pueden resumir en los puntos siguientes y que justifica la importancia de la presente publicación:
1. Es de aplicación a todas las nuevas, ampliaciones y reformas de importancia de las instalaciones de alumbrado exterior, fuentes e instalaciones provisionales de alumbrados festivos y navideños.
2. Se aplicará únicamente a las instalaciones de alumbrado exterior de más de 1 kW de potencia instalada.
3. Se establecen los puntos que determinan el cálculo de la eficiencia energética y su calificación, etiqueta que mide el consumo energético.
4. Determinación de las mediciones luminotécnicas. Niveles de iluminación.
5. Limitaciones del resplandor luminoso nocturno y la luz intrusa o molesta, según las diferentes zonas de protección contra la contaminación luminosa.
6. Componentes de las instalaciones (lámparas, luminarias, equipos auxiliares, sistemas de encendido y de control de la regulación del nivel luminoso) que deben instalarse en el ámbito de aplicación del reglamento.0