Cada uno de los puntos se refiere a defectos encontrados en cada asunto descrito, sin que obligatoriamente deban considerarse como encontrados en una misma instalación.
En cada caso se ha intentado desligar los datos concretos de la instalación objeto de la infracción de la esencia general del defecto que aparece repetido en diversidad de proyectos supervisados.
Con ello se pretende ofrecer una herramienta para el proyectista e instalador para hacerles caer en la cuenta de ciertos detalles que muchas veces se dan por supuestos pero que cuando se supervisa una instalación de electricidad por parte de una tercera persona aparecen como candentes y deben ser objeto de modificación para adecuarse al Nuevo Reglamento de Baja Tensión aprobado por R.D. 842/02 de 2 de Agosto, B.O.E. 17/09/02