Argumento de Legitimación y Reparto del Poder en la Constitución Marroquí
Las partes del orden constitucional marroquí no son elementos separables cuya suma produzca la Constitución, sino de momentos que se integran en una unidad, que adquieren significado en su seno y que se condicionan mutuamente, de modo que (a modificación en la estructura parcial de cada una de estas partes produce sistemáticamente una transformación en la de las demás y, por consiguiente, en la estructura total. Este orden constitucional no es una suma inconexa de órganos e instituciones sino estructurados en base al principio de la ´delegación democratizado". Los momentos integrantes de la estructura de este orden constitucional (sustentado en la Bay´a y la Constitución) sólo pueden ser captables en su referencia recíproca. Un estudio de sus estructuras particulares debe tender no a explicar sus objetos, sino a comprenderlos, esto es, a captar su significado poniéndolos en relación con la conexión total en la que están insertos.0