I. Ámbito de aplicación de la ley
II. Determinación de los contratos sometidos a la Ley: ventas a plazos, ventas con precio
aplazado, ventas al contado y préstamos de financiación
1. Los contratos de venta a plazos
A) El carácter real o consensual del contrato de venta a plazos sujeto a la ley
B) La sujeción a la Ley de determinadas ventas con precio aplazado y la supresión del
número mínimo y máximo de plazos
2. Los préstamos de financiación
A) La financiación a través del vendedor
B) La financiación al comprador y el sometimiento a la Ley de ventas al contado
III. El objeto del contrato de venta a plazos sometido a la ley
1. El bien mueble corporal, no consumible e identificable
2. El bien en construcción
3. La pluralidad de bienes
IV. Contratos excluidos
1. Las compraventas mercantiles y los préstamos de financiación de tales operaciones
2. Las ventas y préstamos ocasionales efectuados sin ánimo de lucro
3. Los préstamos y ventas garantizados con hipoteca o prenda sin desplazamiento sobre los
bienes objeto del contrato. La relación entre las garantías previstas en la ley y las garantías
reales mobiliarias
4. Los contratos de venta a plazos y los préstamos para su financiación cuya cuantía sea
inferior a la que reglamentariamente se determine
5. Los contratos de arrendamiento financiero
V. Ámbito de eficacia de la ley: Imperatividad y vis atractiva
VI. Forma y eficacia del contrato sujeto a la ley
VII. El pacto de reserva de dominio
1. Introducción
2. La doctrina jurisprudencial
3. La reserva de dominio y la prohibición de enajenar en la Ley de Venta a Plazos
VIII. Las facultades del comprador
1. La facultad de desistimiento
2. Reembolso anticipado del precio aplazado
3. Modificación de los plazos
IX. Facultades del vendedor. La resolución del contrato
Ley 28/1998, de 13 de julio, de venta a plazos de bienes muebles
Orden de 19 de julio de 1999, por la que se aprueba la ordenanza para el registro de venta a
plazos de bienes muebles