La promulgación de la Ley Concursal no ha conseguido resolver uno de los problemas que presentaba la anterior normativa de quiebras y suspensión de pagos: el mínimo grado de satisfacción de los acreedores. El objetivo del trabajo es el análisis de la problemática que presenta esa insuficiencia o inexistencia de bienes, si bien desde la específica perspectiva de la conclusión del concurso de sociedades mercantiles de capital.