Argumento de La Competencia del Juez del Concurso en Materia Laboral
El presente trabajo pretende arrojar luces sobre la muchas veces confusa delimitación competencial entre el Juez mercantil y el Juez Social cuando una empresa se encuentra en situación de concurso de acreedores. La situación de crisis empresarial habrá multiplicado los conflictos entre el empresario y los trabajadores y la normativa concursal tiende a atribuir al Juez del concurso, siguiendo el principio de unidad de procedimiento, el conocimiento de la mayoria de las cuestiones que se litigan, incluyendo muchas que, si no existiera un concurso de acreedores, corresponderían al Juez social. Por ello resulta de suma importancia delimitar en razón deI momento cronológico y el objeto del conflicto qué órgano judicial tiene la competencia. En dicho objetivo se ha tenido en cuenta el aluvión de reformas laborales y concursales con incidencia en esta materia, pues, si bien es cierto que la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, pretendió clarificar este reparto de competencias y resolver alguna controversia que suscitaban los aspectos laborales en las empresas en concurso, compaginando ambas normativas, las sucesivas modificacio nes que desde el año 2010 ha sufrido la normativa laboral bajo el yugo de la crisis económica, han provocado nuevos desajustes y nuevas controversias que son abordadas en este trabajo.0