Argumento de La Autonomía Colectiva en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales ha venido a cubrir un espacio normativo caracterizado hasta entonces por la obsolescencia y dispersión de las normas y por la falta de transposición de las Directivas comunitarias. En este sentido, el tratamiento de la autonomía colectiva que realiza la ley, responde a estos mismos criterios de unificación, modernidad y cumplimiento de la obligación de transposición, desde la idea, además, del reconocimiento y la promoción. En esta obra se analizan los tres aspectos básicosde la autonomía colectiva que la norma de prevención contempla : la presencia institucional de los sujetos sociales más representativos ; la negociación colectiva como norma especializada y más favorable ; y el sistema previsto de participación y representación de los trabajadores de la empresa. Siendo éste último objeto principal tanto de la norma reguladora como de este trabajo, y especialmente lo referente a los órganos de representación y participación que la ley introduce : el delegado de prevención y el Comité de Seguridad y Salud, su naturaleza, las competencias y funciones que se el atribuyen y el régimen de garantías que se establece.0Información no Disponible.