Además de estar obligadas a su cumplimiento, las Administraciones Públicas tienen la obligación de exigirlo a entidades y empresas que se encarguen de gestionar servicios públicos, cuando se utilicen fondos públicos.
Si bien la accesibilidad va destinada a todos los usuarios, en particular, se destaca a las personas con discapacidad y las personas mayores. Hasta el punto de que en el seguimiento de las políticas de accesibilidad, se tendrán en cuenta especialmente a las organizaciones representativas de personas con discapacidad y personas mayores, y sus familias, encarnadas en España por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI).
Entre las novedades introducidas con el Real Decreto de 2018 se pueden destacar las siguientes: fijación de los requisitos mínimos de accesibilidad así como el sistema de comunicación con los usuarios para presentar sugerencias, quejas, e informar sobre su incumplimiento; designación de Unidades responsables de accesibilidad en cada entidad obligada para garantizar el cumplimiento y realización de revisiones de él tanto en la fase de diseño como antes de su puesta en funcionamiento. Importante es la creación de la Red de Contactos de Accesibilidad Digital de las Administraciones Públicas. Y todo ello conforme a unos plazos escalonados que van desde su entrada en vigor el 20 de septiembre de 2018 hasta el 23 de junio de 2021.