Argumento de Interculturalidad y Derecho del Trabajo
La cultura se manifiesta en los rasgos espirituales y materiales de los seres humanos, en su forma de pensar, de sentir, de actuar, formando parte indisoluble de su personalidad e identidad. La diversidad cultural se materializa en la originalidad y pluralidad de identidades de la Humanidad, estando presente en todas las dimensiones sociales, incluida la económica y, desde luego, en el ámbito de la empresa. La protección en el trabajo de la diversidad étnica y religiosa de las personas y grupos humanos es un derecho fundamental, siendo su vulneración un obstáculo para el acceso y la permanencia en el mismo y, como consecuencia, origen de conductas discriminatorias que tienen un doble efecto perverso: el de la exclusión laboral y el de la marginación en la sociedad. Esta idea adquiere una notable trascendencia en el debate abierto sobre el futuro del Derecho del Trabajo, del que se espera que, resguardando los intereses económicos de la empresa, sea capaz de permitir el ejercicio efectivo de los derechos humanos de las trabajadoras y de los trabajadores. La presente investigación tiene por objeto analizar cuál es el alcance de la tutela que el ordenamiento jurídico laboral español despliega en defensa de la diversidad cultural, así como elaborar algunas propuestas para que la definición de las nuevas normas laborales se desarrolle desde el diálogo y el entendimiento intercultural.0