La primera está dedicada a estudiar si los contratos basados en una tarifa de tipo bonus-malus pueden tener un efecto disuasorio del fraude sin necesidad de recurrir a la amenaza de una inspección. Con el fin de contrastar esta hipótesis se diseñó y realizó un experimento que ofrecía exactamente los mismos incentivos a defraudar a los participantes en dos formatos distintos, uno con primas actualizables en función de la reclamación efectuada y sin inspecciones (formato bonus-malus, FBM), y otro con prima fija (FPF) pero con posibilidad de realizar una inspección de la reclamación. Los resultados obtenidos son concluyentes: la cuantía del fraude bajo FPF era 56,50% mayor que bajo el FBM, siendo un 36,25% más frecuente en FPF que en FBM.
La segunda línea de investigación aborda el efecto que puede tener la franquicia sobre el fraude en los contratos de seguros, utilizando en este caso una metodología empírica. Los datos reales analizados muestran que si los asegurados con cobertura completa hubiesen tenido un contrato con franquicia, las cuantías de las indemnizaciones medias y la probabilidad de recibir una indemnización por daños propios habrían sido mayores que las que se abonaron en dichos contratos con franquicia, lo que es especialmente llamativo en el grupo de aquellos asegurados que pasan de un contrato con cobertura completa a tener franquicia al año siguiente: si los dos años hubiesen tenido un contrato con la misma franquicia, la indemnización media el primer año hubiera sido de 402,45 euros, muy superior a la cuantía media de 34,93 euros recibida en el segundo año. El tipo de contrato parece ser la explicación más plausible a las diferencias encontradas, lo que de alguna forma viene a reconciliar los estudios empíricos con los supuestos teóricos.