El campo de acción de los sistemas alternativos de resolución de conflictos que, por su carácter equitativo, participativo y, fundamentalmente, la fuerza personal que imprime a las partes en el afrontamiento del conflicto, resulta una opción interesante y oportuna para las personas con discapacidad y sus familias en el reconocimiento y ejercicio de sus derechos. Sin embargo, para que estos sistemas adopten el valor de la diversidad y garanticen la participación de esta población, es indispensable que los operadores de conflictos conozcan la realidad de la discapacidad y los recursos que deben disponer las personas con discapacidad para participar activamente en cualquier práctica de resolución de conflictos.
Que cualquier sistema de gestión y resolución de conflictos sea un recurso adicional que garantice el pleno ejercicio y virtualidad de la igualdad, la no discriminación, la accesibilidad, y en definitiva, la mejora de vida de las personas con discapacidad y sus familias, constituye el mayor propósito de este estudio.