Se abordan sistemáticamente los presupuestos de apertura del concurso (presupuestos subjetivos y objetivos), con especial referencia al concurso de grupos de sociedades, los órganos del concurso (nuevos Juzgados de lo Mercantil y Administración concursal), así como los efectos personales y patrimoniales de la apertura del procedimiento y las operaciones de formación de la masa activa (acciones de reintegración) y pasiva del concurso (clasificación de acreedores), analizándose de manera particular el tratamiento de los trabajadores dentro del concurso. Todo ello se completa con la calificación del concurso y el especial régimen de responsabilidad concursal de los administradores de sociedades capitalistas, que constituye una de las grandes novedades de la reforma.
Contiene además un anexo documental en el que se incluye, de un lado, la Ley 22/2003 de 9 de julio, Concursal, así como la Ley Orgánica 8/2003, de 9 de julio para la reforma concursal, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial; de otro, los informes y dictámenes preceptivos y facultativos de que fue objeto el Anteproyecto de Ley Orgánica para la Reforma Concursal, de 5 de septiembre de 2001, así como el Anteproyecto de Ley Concursal, de 7 de septiembre de 2001, origen de las presentes Leyes, y que en este momento inicial de la Reforma, constituirán un elemento interpretativo de primer orden.