Argumento de Derecho Civil de Galicia= Dereito Civil de Galicia
La actual Ley del Derecho Civil de Galicia, amplía considerablemente la extensión de su predecesora, la Ley de 24 de mayo de 1995, pasando de 170 a 308 artículos, repartidos en un título preliminar y diez títulos más, que tratarían, respectivamente, de la protección de menores, de la adopción, de la autotutela, de la situación de ausencia no declarada, de la casa y la veciña, de los derechos reales, de los contratos, de la compañía familiar gallega, del régimen económico familiar y de la sucesión por causa de muerte. Completan la Ley cuatro disposiciones adicionales, tres transitorias, una disposición derogatoria y una final. Una lectura rápida de la Ley nos revela la primera de sus características: ninguna de las instituciones reguladas en la Ley de 1995 aparece aquí suprimida, pese a las críticas, formuladas por la doctrina a algunos de sus preceptos, de carácter meramente testimonial, por regular figuras que aparecen como "meros vestigios del pasado", que no se hallarían "acordes con los tiempos que corren". Ley 2/2006, de 14 de junio, de Derecho Civil de Galicia: De la protección de menores. Del desamparo y la tutela administrativa. De la guarda administrativa. De la situación de riesgo y las medidas de protección. De las personas que puedan adoptar y ser adoptadas. De la constitución de la adopción. De la eficacia de la adopción. De la autotutela. De la situación de ausencia no declarada. De la casa y la veciña. De los derechos reales. De los contratos. De la compañía familiar gallega. Del régimen económico familiar. De la sucesión por causa de muerte.0