Esta fue la primera Constitución española que reconoció el derecho de las colonias a tener representantes en las Cortes. Los primeros artículos del texto proclaman una nación española transoceánica, «libre e independiente» que no puede ser patrimonio de «ninguna familia ni persona» y parece, entonces, limitar los derechos de la monarquía. Se trata de un breve arranque de modernidad, poco después el rey español Fernando VII intentó pasar por alto este acuerdo que sólo tuvo vigencia, bajo presiones, durante dos breves intervalos de tiempo.