La Orden de Malta, surgida varios siglos antes del nacimiento de los Estados, es un ente con personalidad jurídica internacional e independiente de cualquier poder ajeno, incluida la Santa Sede. En el debate doctrinal abierto, el autor toma partido a favor de la condición soberana de la Orden, defendiendo la especial naturaleza jurídica de un ente de carácter no territorial, que se resiste a ser encasillado en alguna de las categorías conocidas de sujetos del Derecho de Gentes.