La Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, pretende dar respuesta adecuada, moderna y ágil a las necesidades más acuciantes del enjuiciamiento laboral y social. Para ello ha introducido muchas y muy profundas novedades ?proceso monitorio social, proceso contencioso laboral, indemnizaciones disuasorias, medidas cautelares, competencia del orden social en materia de sanciones, ERES, accidentes de trabajo, recurso de casación ?en interés de ley??-, que sin duda cambiarán de raíz tanto el ámbito de la ?jurisdicción social?, que ahora es la que asume la competencia integran en todas las materias laborales, sindicales, de prevención de riesgos y sociales, como en el del ?proceso social?, que además de los propios, ahora asume caracteres del proceso civil, del proceso contencioso-administrativo e incluso, en materia de garantía de derechos, del orden penal.