Esta obra tiene un marcado enfoque práctico y viene a llenar un vacío existente en el tratamiento de la resolución de consultas, problemas y preguntas, en materia de prevención de riesgos laborales, a través de las pertinentes respuestas en base a la legislación vigente. La razón de ser de este libro es justamente ayudar a los profesionales de la prevención a resolver inmediatamente y de forma sencilla, toda la problemática planteada en la gestión de la seguridad y salud laboral y concretamente, en el cumplimiento de las obligaciones emanadas de las normas básicas y en la aplicación de las condiciones y requisitos mínimos especificados en las normas reglamentarias.
La presentación de la información, con más de 1.200 preguntas-consultas y respuestas-soluciones, constituye la metodología más eficaz para la toma de decisiones eficaces y fidedignas en la práctica diaria.
Mediante esta obra, de fácil manejo gracias a su índice sistemático, se pone al alcance de todos los profesionales de la prevención de riesgos laborales, la solución a cualquier problemática y la norma aplicable al efecto.
El fin último de la obra es solucionar a los profesionales de la prevención, de manera precisa e inmediata, la mayor cantidad posible de dudas en el ámbito de la seguridad y salud laboral.
Los dos primeros capítulos se refieren al marco jurídico básico de la prevención de riesgos laborales y a los organismos públicos de promoción de la seguridad y salud, de cuyo contenido se derivan un conjunto de soluciones a preguntas o consultas que pueden plantearse; las respuestas en forma de soluciones se apoyan en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de riesgos laborales y en el Reglamento de los servicios de prevención, aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.
Los ocho capítulos siguientes recogen las soluciones o respuestas sobre ciertos problemas o cuestiones, formalizadas mediante interrogantes, en base al contenido de las siguientes normas reglamentarias y sus materias reguladas dentro del ámbito de la seguridad laboral:
ü Lugares de trabajo: Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
ü Señalización: Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
ü Equipos de trabajo: Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por lo que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
ü Equipos de protección individual: Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
ü Riesgos eléctricos: Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.
ü Construcción: Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
ü Buques de pesca: Real Decreto 1216/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo a bordo de los buques de pesca.
ü Industrias extractivas: Real Decreto 1389/1997, de 5 de septiembre, por el que se aprueban las disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en las actividades mineras.
Los siete capítulos siguientes, dedicados a la higiene industrial, contemplan las soluciones a ciertas cuestiones, interrogantes y consultas, muchas de ellas en forma de supuestos prácticos, relativos a materias derivadas de las siguientes normas reglamentarias de orden laboral:
ü Agentes físicos, ruido: Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.
ü Agentes físicos, vibraciones mecánicas: Real Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas.
ü Agentes físicos, radiaciones ionizantes: Real Decreto 783/2001, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes y Real Decreto 413/1997, de 21 de marzo, sobre protección operacional de los trabajadores externos con riesgo de exposición a radiaciones ionizantes por intervención en zona controlada.
ü Agentes químicos: Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
ü Amianto: Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud apreciables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.
ü Agentes cancerígenos o mutágenos: Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos o mutágenos durante el trabajo.
ü Agentes biológicos: Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
Los dos últimos capítulos están dedicados a las preguntas-consultas y soluciones sobre las materias reguladas en estas dos normas reglamentarias:
ü Pantallas de visualización: Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.
ü Movimiento manual de cargas: Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores.